Introducción

¿Conoces las diferencias entre un abogado y un procurador?

Ambas figuras trabajan unidas por un cliente común, y aunque haya cierta confusión entre ambas, es conveniente que sepamos diferenciarlas.

Así que en el post de hoy te cuento las principales diferencias entre ellos.

Funciones de un Abogado

Comencemos con la figura más conocida.

El abogado se encarga de la defensa de un cliente, se preocupa por dirigir el modo y al forma de la defensa de su cliente.

En la mayoría de los procesos legales, es obligatorio asistir con un abogado, que será el encargado de realizar todo tipo de actuaciones judiciales y funciones extrajudiciales a través del asesoramiento legal de su cliente.

Funciones de un Procurador

Ya le dediqué un artículo a la figura del procurador con lo que te compartiré un breve resumen y te invito a que vayas a ver el artículo completo si quieres saber mucho más sobre el procurador.

A modo resumen podríamos decir que el procurador se encargará de agilizar el desarrollo del procedimiento judicial, reduciendo los tiempos de los distintos procesos judiciales.

Para que un procurador pueda representar, de una manera adecuada, a un cliente es necesario que se le conceda un poder, que se conoce con el nombre de “Comparecencia apud acta”, que consiste en otrogar a un procurador la autoridad suficiente para poder representar a una persona ante un proceso judicial.

Situaciones en las que se requiere de un procurador y de un abogado

Ahora que hemos visto las dos figuras de manera independiente, voy a compartir contigo las situaciones en las que vas a necesitar tanto de un abogado como de un procurador.

  • Proceso civil, es conveniente señalar que cuando la vía del juicio verbal no venga determinada por la cuantía, sino por la materia, será necesario contar con ambas figuras.

Para la oposición del demandado en juicio monitorio será necesario contar con abogado y procurador si la cuantía es mayor a 2.000€.

  • Proceso penal, en un comienzo se le asignará a la persona un abogado. Sin embargo, será obligatorio contar con procurador sólo una vez se acuerde la apertura del juicio oral.

 

Desde la posición de la acusación, encontraremos tanto la figura del abogado como del procurador para el inicio del proceso mediante querella.

Conclusión

Como puedes comprobar son dos figuras diferentes pero complementarias en muchas ocasiones.

Si te has quedado con alguna duda te invito a que contactes conmigo.

Si necesitas de un procurador, echa un ojo a los servicios que puedo ofrecerte.